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Minería: costos perpetuos, beneficios limitados

Minería: costos perpetuos, beneficios limitados

La minería ha sido considerada por algunos como una fuente de empleo y de recursos para financiar programas sociales y obras de infraestructura. Hasta ahí, parece un excelente negocio para cualquiera, pero lamentablemente esa es sólo la mitad de la historia.

 

La otra mitad consiste en que la actividad minera produce impactos perpetuos que las empresas no suelen contemplar a la hora de presentar sus proyectos a las comunidades y de elaborar los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).

 

Decir que la minería, legal e ilegal, tiene impactos a perpetuidad no es una exageración. De hecho, es una expresión técnica ampliamente utilizada en la literatura científica sobre minería, para denotar los daños ambientales no remediables a escala de tiempo humano. Son daños que persisten durante siglos o incluso durante milenios.

 

Entre los impactos a perpetuidad existen dos tipos principales:

 

Decir que la minería tiene impactos a perpetuidad no es una exageración.

  • Afectación al paisaje, o modificaciones severas de elementos del paisaje (por ejemplo, la excavación de un tajo a partir de una montaña o el relleno de un valle con desechos mineros).
  • Afectación a la calidad del agua es decir, drenaje de mina (formación de aguas ácidas) y liberación de metales pesados (para mayor información, puede consultarse el Proyecto Life-ETAD).

En países como Estados Unidos, estos impactos se discuten en las evaluaciones ambientales y cuentan con regulaciones y mecanismos de mitigación desde hace décadas. En Colombia, por el contrario, varios políticos promueven el extractivismo sin haber oído siquiera de los impactos a perpetuidad y sin hacer un análisis de costo-beneficio en ese mismo sentido.

 

Los costos son inmensos

 

 

La infraestructura remanente de una mina (tajos, presas de relaves, etc.) requiere mantenimiento permanente tras su cierre o abandono para minimizar el riesgo de colapso. Ese riesgo no desaparece jamás debido a la amenaza de sismos, eventos climáticos extremos y errores de diseño (tal como ocurrió en Mariana, Brasil en 2015).

 

Por otro lado, para evitar impactos sobre la calidad de agua se debe establecer un sistema de monitoreo y, a menudo, realizar un tratamiento perpetuo de aguas con redes de pozos, instrumentos de medición y muestreo periódico en ríos y quebradas. Todo esto cuesta dinero.

 

En la siguiente imagen se ve a la izquierda la ciudad de Butte, en el estado de Montana, Estados Unidos. En el centro, un lago ácido en el antiguo tajo Berkeley. A pesar de que allí la actividad minera concluyó en 1983, la mina requiere tratamiento perpetuo y aún representa costos económicos, que ya superan los 87 millones de dólares. Si este tratamiento cesa, los acuíferos de Butte quedarán contaminados para siempre. Esta situación ha llevado incluso a contemplar el traslado de toda la ciudad.

 

 

¿Quién paga los daños permanentes?


La respuesta depende de factores como el marco regulatorio de cada país, la capacidad de las instituciones y su independencia, el nivel de corrupción, etc.

 

Por ejemplo, muchos Estados exigen que las empresas construyan e instalen infraestructura de monitoreo y remediación (instrumentos de medición en cuerpos de agua, pozos de monitoreo de aguas subterráneas, plantas de tratamiento, drenajes y revestimientos, etc.). Otros les piden además asumir los costos de operación de estos sistemas durante un lapso determinado.

 

Entre las exigencias más rigurosas está la constitución de seguros o bonos de remediación y el aporte a fondos financieros cuyos rendimientos sean destinados a las actividades de la etapa posterior al cierre de una mina.

 

Ese es el caso del denominado Superfund (Superfondo) en Estados Unidos, un programa de la Environmental Protection Agency (EPA) que gestiona la remediación de aproximadamente 1.341 sitios industriales.

 

Para dar un ejemplo de la magnitud de los costos de remediación, veamos el caso de la mina de oro de Summitville, Colorado. La explotación de oro en la mina acabó en 1991 y fue incluida en el Superfund. Hasta 2006, su remediación había costado más de 200 millones de dólares de fondos públicos.

 

Y sin embargo estos mecanismos suelen subestimar los costos a largo plazo de la minería, de modo que con frecuencia los ciudadanos son quienes los asumen. Se ha calculado que sólo por la remediación de minas de metales en el oeste de Estados Unidos, ese país tendría que afrontar pagos de entre 3.800 y 20.000 millones de dólares.

 

En otros países como Canadá, tan frecuentemente citado como ejemplo de «minería bien hecha» y buenas prácticas ambientales, existen lugares con pasivos ambientales mineros sin ningún tipo de remediación. Ese es el caso de la provincia de Columbia Británica, donde la mina Tulsequah Chief ha vertido drenaje ácido desde 1957 sin ninguna medida que lo evite.

 

 

¿Qué pasa en Colombia?


En Colombia no existen mecanismos jurídicos para garantizar la remediación de los daños ambientales mineros. Para entender el marco regulatorio de los impactos a perpetuidad en Colombia, solicité información al Ministerio de Minas, a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, al Ministerio de Ambiente y a la Agencia Nacional de Minería (ANM) mediante derechos de petición y solo obtuve respuesta de las dos últimas entidades.

 

El Ministerio de Ambiente me informó que “…el país no cuenta con una normatividad (sic) que reglamente los pasivos ambientales…” y que la Política de Gestión de Pasivos Ambientales estaba siendo formulada, refiriéndose a un proyecto de ley que aún está en proceso de redacción.

 

Ante la pregunta sobre los mecanismos para financiar la remediación de pasivos a largo plazo, el Ministerio de Ambiente me informó que “[en Colombia] no contamos actualmente con los mecanismos o instrumentos para cubrir costos de remediación, ni el régimen de responsabilidad específicos para pasivos ambientales mineros…”.

 

Por su parte, la ANM ni siquiera considera la existencia de este tipo de impactos, como se puede inferir de su respuesta: “…se debe establecer que posterior (sic) a la etapa de cierre y abandono de las operaciones mineras no le sigue la de remediación de pasivos ambientales…”.

 

Lo anterior quiere decir que en Colombia no existen mecanismos jurídicos para garantizar la remediación de los daños ambientales mineros y tampoco existe un régimen de responsabilidad de los impactos a perpetuidad.

 

De concretarse algún proyecto de minería metálica a gran escala en el país —ya existe uno con licencia ambiental—, los ciudadanos tendremos que asumir los costos cuando la empresa a cargo cierre operaciones y el gobierno certifique el final del proceso de cierre y remediación.

 

En ese escenario, el principal impacto a perpetuidad —el drenaje ácido de mina— puede tardar varios años en manifestarse y es probable que para entonces la empresa ni siquiera exista.

 

¿Cuál es la solución?

 

 

Los impactos a perpetuidad necesitan soluciones estructurales. Los super-fondos que existen en Estados Unidos son solo un paliativo, pues las regalías, rendimientos o dividendos obtenidos no alcanzan a remediar los impactos perpetuos.

 

Por lo tanto, lo primero es abandonar el enfoque correctivo por uno preventivo. Los proyectos que impliquen este tipo de impactos simplemente no deberían permitirse. Hay ya alguna propuesta ante la Corte Suprema del Estado de Colorado para tal fin.

 

Lo primero es abandonar el enfoque correctivo por uno preventivo.


Actualmente es posible adjuntar a los Estudios de Impacto Ambiental proyecciones sobre la generación de drenaje de mina, pero mientras las empresas mineras sean las que pagan a los laboratorios que las realizan, los datos no serán independientes y confiables.

 

En Estados Unidos, esa relación de poder ha hecho que se omitan algunos resultados y que sólo se reporten a la autoridad ambiental los más favorables para la aprobación de los proyectos. Las empresas incluso han dejado de contratar a los laboratorios que han pronosticado impactos negativos.

 

Los Estudios de Impacto Ambiental deben ser financiados por las empresas a través de instituciones públicas, con las pautas más estrictas posibles, veeduría ciudadana, metodologías estandarizadas y resultados evaluados por académicos.

 

Sólo así habrá garantías suficientes de independencia para siquiera considerar propuestas mineras de alto impacto. Debemos apuntar a una reforma profunda de las instituciones y del sistema minero en general y solo entonces evaluar la conveniencia de futuros proyectos mineros e incluso reevaluar la de los existentes.



Fuente: https://razonpublica.com/mineria-costos-perpetuos-beneficios-limitados/

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